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Anula Corte "Ley Bonilla", la califica de fraude
Reforma
11 de Mayo de 2020

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia anuló hoy la reforma para ampliar de dos a cinco años el mandato del Gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, aprobada por el Congreso local después de las elecciones de junio de 2019.

Por unanimidad, con furia pocas veces vista en el máximo tribunal al eliminar una ley, el Pleno de la Corte resolvió que la ampliación del mandato del morenista Bonilla fue un fraude a la Constitución, una maquinación que violó los principios de certeza electoral, seguridad jurídica, no reelección, irretroactividad de las leyes y derecho al voto.

"Todas estas violaciones son muy graves y cada una de ellas, por sí misma, sería suficiente para declarar la invalidez de la reforma impugnada; pero apreciadas en su conjunto, e interrelacionadas, ponen de manifiesto un verdadero fraude a la Constitución; un efecto corruptor de rango Constitucional", acusó, sin ocultar su indignación, el Presidente Arturo Zaldívar.

"Alterar las condiciones bajo las cuales se llevó a cabo una elección, como aquí ocurrió, constituye un verdadero fraude postelectoral, pues aunque se contaron los votos, se modificó el efecto que éstos deberían tener conforme a las reglas del juego previamente acordadas".

Juan Luis González Alcántara calificó la reforma como un atropello al derecho al voto libre, secreto y directo, mientras que Alfredo Gutiérrez la describió como un ataque al corazón de la democracia.

"Cuando los representantes traicionan a sus representados, nos encontramos frente a un atentado contra la democracia y nuestra Constitución", dijo Norma Piña, que se refirió a la actuación de los diputados locales como un abuso de poder.

Yasmín Esquivel dijo que la Corte sienta este precedente para evitar que cualquier autoridad federal, estatal o municipal cambie las reglas sobre el voto ya emitido, y pretenda perpetuarse en el cargo.

"Prorrogar desde el poder político el periodo de duración de mandato para un cargo ya elegido, implica pretender evitar que exista una verdadera contienda, y se convertiría en una reelección disfrazada, ignorando y despreciando por completo la voluntad del pueblo elector", destacó Luis María Aguilar.

Margarita Ríos-Farjat recordó que el artículo 105 de la Constitución prohibe reformas en los 90 días previos al inicio oficial de los procesos electorales, es decir, desde junio de 2018 ya no era posible cambiar el periodo de dos años del Gobernador que sería electo en junio de 2019.

La eliminación de la llamada Ley Bonilla era previsible. Desde 2006, la Corte estableció que los periodos de los funcionarios de elección popular no pueden ser alterados después de los comicios, y la única duda era si alguno de los Ministros en funciones--ninguno de los cuales votó hace 14 años--, defendería la maniobra de Baja California. Nadie lo hizo.

Baja California había alegado que hacer dos elecciones para gobernador en dos años era muy costoso, y que era mejor empatar la próxima de Gobernador con la federal de 2024, lo que fue rechazado.

"La modificación extemporánea de la duración de los cargos de elección popular no puede justificarse Constitucionalmente mediante su idoneidad o conveniencia desde el punto de vista económico o de la organización o planeación gubernamental", dice la sentencia, que elaboró el Ministro Fernando Franco.

También se negó validez a la orden del Tribunal Electoral estatal, dictada en marzo de 2019, de agregar tres años al periodo del gobernador que sería electo en junio, pues el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó ese fallo unos días después.

Los efectos

Con la sentencia, volverá a estar vigente al transitorio de la Constitución estatal publicado el 17 de octubre de 2014, que fijó el mandato de dos años para el que fue electo Bonilla, cuyo sucesor gobernará del 1 de noviembre de 2021 al 31 de agosto de 2027.

Por tanto, Baja California tendrá elección para Gobernador en junio de 2021, coincidente con los comicios federales, y el proceso electoral deberá comenzar en los próximos meses.

La sentencia surtirá efectos en cuanto la Corte notifique al Congreso local, y también se aclara que queda sin efectos toda norma secundaria o acto administrativo que hiciera referencia al mandato de cinco años.

El Congreso local no puede aprobar una reforma para que Bonilla busque su reelección en 2021, pues el artículo 116 de la Constitución federal prohíbe absolutamente que gobernadores electos en las urnas, vuelvan a ocupar el cargo.